Convocatoria Publicada
OFB

BECA ÓPERA, ZARZUELA Y OPERETA

Programa Distrital de Estímulos

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Resolución No 286 del 06 de septiembre de 2024

09/24

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DOCUMENTOS

Información básica

Con el fin de fomentar la creación, formación de nuevos públicos, la difusión y promoción del canto lírico y de los géneros escénico musicales, la Filarmónica de Bogotá convoca a personas jurídicas  y agrupaciones a presentar propuestas de circulación para ser parte de la programación de ópera en la ciudad. Se premiarán duetos, tercetos y cuartetos, de una ópera, zarzuela, opereta y teatro musical, dirigida a niños y niñas de diferentes edades, adaptables a espacios convencionales y no convencionales.

Enfoque(s): Cultura ciudadana

Línea(s) estratégica(s): Creación, Distribución

Área(s): Interdisciplinar / transdisciplinar

Número de estímulos: 1

Total de recursos: $ 25.000.000

Descripción general de los recursos a otorgar:

La Filarmónica de Bogotá entregará un premio de veinticinco millones de pesos m/cte (25.000.000)

Perfiles de los jurados

Perfil 1

1. Título profesional como maestro en música, licenciado en música y/o régisseur, con énfasis en dirección orquestal, interpretación. Experiencia mínima de siete (7) años en el campo de la dirección orquestal en montajes relevantes a la Beca Ópera, Zarzuela y Opereta. 

 

Área conocimiento: Bellas Artes

Campo de experiencia:

Siete (7) años en el campo de la    dirección orquestal en montajes relevantes a la Beca Ópera, Zarzuela y Opereta. 

Área perfil: Literatura , Música

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 2

1. Título profesional como maestro en música, licenciado en música y/o régisseur, con énfasis en dirección orquestal, interpretación. Experiencia mínima de siete (7) años en el campo de la dirección orquestal en montajes relevantes a la Beca Ópera, Zarzuela y Opereta. 

 

Área conocimiento: Bellas Artes

Campo de experiencia:

Experiencia mínima de siete (7) años en el campo de la dirección orquestal en montajes relevantes a la Beca Ópera, Zarzuela y Opereta. 

 

Área perfil: Música

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Perfil 3

2. Título profesional en áreas de las humanidades. Experiencia mínima de siete (7) años en el campo de las artes escénicas y/o la gestión cultural o la programación y ejecución de espectáculos de música académica o artes escénicas. 

 

Área conocimiento: Bellas Artes

Campo de experiencia:

Experiencia mínima de siete (7) años en el campo de las artes escénicas y/o la gestión cultural o la programación y ejecución de espectáculos de música académica o artes escénicas. 

Área perfil: Arte dramático

Formación profesional: Si requiere formación profesional

Formación de postgrado: No requiere formación de postgrado

Nivel de formación: Universitaria

¿El jurado debe residir en Bogotá?: No es necesario que resida en Bogotá


Fechas importantes

Evento Fecha Descripción
Fecha de publicación 06/09/2024

A partir de esta fecha,  la ciudadanía cuenta con tres (3) días hábiles para hacer comentarios a la convocatoria, se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@ofb.gov.co

Fecha de apertura 13/09/2024

A partir de esta fecha puedes acceder a la plataforma para realizar la inscripción de las propuestas.

Fecha máxima para postularse como jurado de esta convocatoria en el Banco de Personas Expertas para el Sector Cultura 15/10/2024 17:00:00 Tenga en cuenta que la inscripción como jurado a esta convocatoria estará habilitada hasta esta fecha a las 5:00.00 pm hora legal colombiana.
Fecha de cierre 18/10/2024 17:00:00

Hasta esta fecha a las 17:00 puedes realizar la inscripción de la propuesta. Es responsabilidad del participante consultar los listados que se publicarán de la convocatoria y verificar el estado en el que se encuentra la propuesta

Publicación listado de habilitados, no habilitados y por subsanar 22/10/2024

En esta fecha publicaremos el listado de las propuestas que están habilitadas, rechazadas y las propuestas que deben subsanar documentación formal. A partir de esta fecha contarás  con tres (3) días hábiles para cargar en la plataforma la documentación subsanable requerida.

Publicación de listado de elegibles 25/10/2024

En esta fecha publicaremos el listado final de propuestas que están habilitadas para evaluación.

Fecha máxima de publicación de resolución de ganadores 15/11/2024

En esta fecha publicaremos la resolución que designa las propuestas ganadoras. A partir de esta fecha, contarás con cinco (5) días hábiles para aceptar  el estímulo. requerida para los trámites administrativos.

Fecha máxima de ejecución 31/03/2025

Ten en cuenta que para esta fecha ya deberá estar aprobado el informe final por parte del área misional que realiza acompañamiento a la ejecución de la propuesta.

Justificación

Difundir el canto lírico en sus diversas expresiones teatrales, apoyando la creatividad de las propuestas para la formación de nuevos públicos,  adaptables a espacios convencionales y no convencionales en los barrios de Bogotá. Esta convocatoria busca acercar a todo tipo de público a estos géneros musicales, con el reto de unir en el mismo escenario la música, la danza, el teatro, las artes visuales y la literatura. 

Objeto

Fomentar la creación y formación de nuevos públicos y la difusión y promoción del canto lírico y de géneros escénicos musicales, a través de la realización de montajes de pequeño y mediano formato de óperas,  zarzuelas, operetas y teatro musical, que circulen en los barrios de Bogotá, en espacios convencionales y no convencionales escenarios pequeños, auditorios, salas de conciertos, espacios al aire libre, escenario móvil, entre otros.

Tipo de participante

Participante Perfil específico del participante
Persona Jurídica

Se entiende por persona jurídica el sujeto de derecho debidamente constituido en cualquiera de los tipos o modalidades autorizadas por la Ley, acreditado mediante certificado de existencia y representación legal expedido por la entidad competente, cuyo domicilio principal sea la ciudad de Bogotá.

A esta convocatoria podrán aplicar personas jurídicas, cuyo objeto se relacione con el objeto de la presente convocatoria, con o sin ánimo de lucro y que represente una agrupación conformada por colombianos, o extranjeros  mayores de 18 años o extranjeros hasta en un 50%, que residan de manera permanente en Bogotá.

Nota 1:  Los menores de edad podrán participar sólo como parte de la ejecución de la propuesta, para lo cual deben presentar:

“Autorización para la participación de menores de edad” -ver sección “Formatos”- firmado únicamente por uno de los padres, o el tutor legalmente autorizado, con el fin de permitir su participación como ejecutor de la propuesta.  

Fotocopia del registro civil y tarjeta de identidad del menor de edad, así como la fotocopia de la cédula de ciudadanía de alguno de los padres del menor o del acudiente.

De ninguna manera se aceptarán documentos firmados por un adulto que no corresponda a los descritos anteriormente.

Agrupación

Agrupaciones de mínimo 3 (tres) personas, conformadas por colombianos, o extranjeros hasta en un 40%, mayores de 18 años y que residan de manera permanente en Bogotá.

Recuerda que si te presentas como agrupación,  deberán nombrar un representante así como un representante suplente, quien será el encargado de comunicarse con el Programa Distrital de Estímulos (PDE) en nombre de todos los integrantes, de aportar los documentos para el desembolso del estímulo en caso de que la agrupación resulte seleccionada como ganadora y de realizar todos los trámites ante el PDE requeridos durante el desarrollo de la convocatoria. 

Todos los integrantes de la agrupación deben tener absoluta disponibilidad para asumir los compromisos propios de la aceptación del estímulo en caso de resultar ganadores, y ser solidariamente responsables de su estricto cumplimiento.

Nota 1:  Los menores de edad podrán participar sólo como parte de la ejecución de la propuesta, para lo cual deben presentar:

“Autorización para la participación de menores de edad” -ver sección “Formatos”- firmado únicamente por uno de los padres, o el tutor legalmente autorizado, con el fin de permitir su participación como ejecutor de la propuesta.  

Fotocopia del registro civil y tarjeta de identidad del menor de edad, así como la fotocopia de la cédula de ciudadanía de alguno de los padres del menor o del acudiente.

De ninguna manera se aceptarán documentos firmados por un adulto que no corresponda a los descritos anteriormente.

 

Quiénes no pueden participar

Adicionalmente a lo establecido en las Condiciones Generales de Participación, en esta convocatoria no pueden participar:

  • No podrás participar si no cumples los requisitos establecidos en la presente convocatoria
  • No podrás participar si fuiste seleccionado como ganador de la convocatoria “Beca Ópera Zarzuela y Opereta” en 2022 y  2023

Documentos administrativos

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Documento de identidad del representante legal de la persona jurídica participante.

Debes adjuntar copia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas o cédula digital) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

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15 MB
2 Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá de cada uno de los miembros de la agrupación.

Debes adjuntar el certificado de residencia expedido por la Alcaldía Local del lugar de residencia o por la Secretaría

Distrital de Gobierno, debidamente firmado y con fecha máxima de expedición de tres (3) meses antes de la fecha de cierre de la convocatoria.

Para obtener información sobre este trámite consulta el siguiente sitio

web:

https://www.gobiernobogota.gov.co/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/tramites-opas-otras-consultas/certificado-residencia

 

En caso de no ser posible la expedición del Certificado de residencia en la ciudad de Bogotá D.C. por la alcaldía local del lugar de residencia o por la Secretaría Distrital de Gobierno, la interesada o interesado podrá presentar en documento debidamente firmado y completamente diligenciado, la Declaración de Lugar de Residencia Bajo Gravedad de Juramento, de acuerdo con el modelo previsto para este efecto en la vigencia 2024, el cual hace parte integral de las Condiciones Generales de Participación.

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15 MB
3 Certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante.

Expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá D.C. con la matrícula mercantil renovada en la vigencia correspondiente, o por la entidad competente de conformidad con el tipo de persona jurídica. Dicho certificado debe tener fecha de expedición de máximo tres (3) meses de anterioridad al cierre de inscripciones de la convocatoria en la cual participa. El término de duración de la persona jurídica no debe ser inferior al término del plazo de ejecución de la propuesta y un año más. Si el/la representante legal cuenta con alguna limitación para comprometer a la entidad, deberá adjuntar la autorización del órgano competente. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15 del Decreto Ley 19 de 2012

Ten presente que, si el certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica participante presenta modificaciones o ajustes con posterioridad al cierre de la convocatoria en cualquier etapa del proceso, deberás informar oportunamente a la entidad otorgante, la cual realizará los ajustes correspondientes en la plataforma.

En el caso de grupos étnicos En el caso de grupos étnicos (comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras, pueblos indígenas y el pueblo rrom o gitanos), deberán presentar una certificación sobre existencia y representación legal de la organización o comunidad con el aval de las instancias consultivas locales y mesas según corresponda. 

Dado el caso que el participante informe la existencia del documento en otra entidad, se procederá de conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 9 del Decreto Ley 19 de 2012.

Aquellas personas que se encuentren registradas como víctimas del conflicto armado deberán aportar Certificado de inclusión en el Registro Único de Víctimas expedido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas expedido por la autoridad competente.

Nota. Los grupos étnicos (comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras, pueblos indígenas y el pueblo rrom o gitanos) y las personas jurídicas en cuyos certificados de existencia y representación

legal no se relacione el NIT, deberán presentar el Registro Único Tributario (RUT) al momento de la inscripción.

Los demás participantes deben verificar en las condiciones específicas de la convocatoria sí también deben cumplir con este requisito o si requieren presentar la Matrícula Mercantil renovada para la inscripción.

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15 MB
4 Documento de identidad de cada uno de los miembros de la agrupación participante.

Deben adjuntar copia legible, por ambas caras, del documento de identidad de cada uno de los integrantes de la agrupación:

Cédula de ciudadanía vigente (amarilla con hologramas) o del comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se presume auténtico.

En el caso de extranjeros, deben aportar copia legible por ambas caras de la cédula de extranjería de residente vigente. En caso de no contar con este documento, cédula(s) de extranjería temporal(es) que acredite(n) una permanencia continua mínima de dos (2) años en el país, a la fecha de cierre de inscripciones en la convocatoria.

En el caso de extranjeros nacionales venezolanos, deben aportar el Permiso por Protección Temporal (PPT) o Registro Único de Migrantes venezolanos (RUMV),  vigente al momento de la inscripción, en compañía del Pasaporte o del Documento Nacional de Identidad, como identificación del participante en su calidad de nacional venezolano.

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15 MB
5 Documento de identidad del representante de la agrupación participante.

Debes adjuntar copia legible, por ambas caras, del documento de identidad del representante y el representante suplente  de la agrupación participante (cédula amarilla con hologramas, cédula de extranjería o comprobante de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil que se presume auténtico).

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6 Registro Único Nacional de Agentes Culturales de cada uno de los Integrantes de la agrupación.

Debe adjuntar soporte del Registro Único de Agentes Culturales - Soy Cultura del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes de la persona natural, representante y cada integrante de la agrupación participante. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 2017 de 2020, quienes aspiren a obtener los estímulos públicos culturales otorgados en desarrollo del artículo 18 de la Ley 397 de 1997 por parte del Ministerio de Cultura y las entidades departamentales, municipales y distritales responsables de la cultura deberán acreditar su inscripción en el Registro Soy Cultura, el cual pueden realizar en el sitio web.
https://soycultura.mincultura.gov.co/#/home  

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15 MB

Documentos técnicos para evaluación

No. Requisito Descripción Tipos de archivos permitidos Tamaño máximo permitido
1 Formato de presentación de propuesta

Diligencia el “Formato de Propuesta Artística” que se encuentra en el apartado “Formatos” en la sección inferior izquierda. 

Para presentar tu propuesta artística, ten en cuenta los siguientes lineamientos:

  • Deben  ser duetos, tercetos y cuartetos de óperas, operetas, zarzuelas y teatro musical con una duración máxima de 60 minutos. 
  • La propuesta debe estar dirigida a un público infantil
  • La propuesta debe incluir vestuario y  escenografía 
  • La propuesta no puede requerir foso, ni ser para teatros o grandes escenarios, debe ser adaptable a espacios no convencionales y que tenga la capacidad de programarse en escenarios pequeños (auditorios, salas de conciertos, espacios al aire libre, entre otros). 
  • La propuesta puede plantear un escenario no convencional para su realización. 
  • La propuesta puede contar con acompañamiento instrumental (orquesta, orquesta de cámara y/o ensamble de cámara). Se permitirá el uso de secuencias o pistas cuando éstas sustituyan el acompañamiento instrumental.
  • La Orquesta Filarmónica de Bogotá,  no proveerá a la Orquesta ni músicos para la ejecución de la propuesta.
  • La beca debe destinarse en su totalidad a cubrir los costos que implique la producción (vestuario, escenografía, solistas, directores, músicos, entre otros) del montaje y la realización de la función, deben realizar dos funciones como mínimo, de entrada libre.
  • La propuesta debe contar con la autorización de los autores o las editoriales para la presentación de la obra seleccionada. La Orquesta Filarmónica de Bogotá no se responsabiliza por el pago de los derechos de autor o alquiler de partituras.
  • Las propuestas seleccionadas serán ejecutadas entre noviembre de 2024 y marzo de 2025, de forma presencial, en escenarios convencionales o no convencionales de los diferentes barrios de Bogotá; escenarios pequeños, auditorios, salas de conciertos, espacios al aire libre, escenario móvil, entre otros. 
  • Los ganadores deberán realizar mínimo dos funciones de entrada libre y podrán realizar funciones adicionales con boletería. 

Los documentos técnicos para la evaluación NO son subsanables; es decir no presentarlos, presentarlos incompletos o presentarlos sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta será rechazada.

Cualquier aclaración respecto de los términos de la convocatoria, comunícate a través de los diferentes canales de atención de la Orquesta Filarmónica de Bogotá: correo electrónico convocatorias@ofb.gov.co o al teléfono 2 88 99 88, Ext 41 11

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2 Soportes de experiencia o trayectoria

Portafolio en formato PDF, donde acredites experiencia en la circulación o difusión de procesos artísticos y formativos que fomenten el fortalecimiento de la música académica y el canto lírico. Este portafolio debe contener una presentación de la agrupación o la persona jurídica concursante de máximo 2 páginas, descripción de sus principales proyectos con sus respectivos soportes y certificaciones (si se incluyen programas de mano, estos sólo serán válidos si contienen el año en que se realizaron las presentaciones) con una extensión máxima de 10 páginas, las muestras de trabajo audiovisual no deben sobrepasar diez (10) minutos cada una. Las muestras audiovisuales pueden estar alojadas en plataformas virtuales como Vimeo o YouTube (incluir los enlaces y contraseñas en el PDF del Portafolio).

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3 Autorización para la participación de menores de edad

Autorizaciones para la participación de menores de edad:

Los menores de edad podrán participar sólo como parte de la ejecución de la propuesta, para lo cual deben presentar:

-”Autorización para la participación de menores de edad” firmado únicamente por uno de los padres, o el tutor legalmente autorizado, con el fin de permitir su participación como ejecutor de la propuesta.  

Fotocopia del registro civil y tarjeta de identidad del menor de edad, así como la fotocopia de la cédula de ciudadanía de alguno de los padres del menor o del acudiente. De ninguna manera se aceptarán documentos firmados por un adulto que no corresponda a los descritos anteriormente.

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15 MB

Criterios de evaluación

Ronda: Ronda de selección de Ganadores
No. Criterio Puntaje
1

Pertinencia de la propuesta

0 a 40
2

Coherencia e innovación en la conceptualización de vestuario y escenografía.

0 a 20
3

Trayectoria de la entidad/agrupación proponente

0 a 15
4

Viabilidad técnica del proyecto

0 a 25

El puntaje mínimo para que una propuesta sea considerada como elegible debe ser igual o superior a 80/100.

Derechos específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en las “Condiciones Generales de Participación”, los ganadores tendrán derecho a:

  1. Recibir el pago del estímulo, que se realizará en dos desembolsos como se indica a continuación:
    Un primer desembolso, equivalente al 80% del valor de la beca, una vez se le comunique la resolución que otorga el premio a los ganadores y éstos cumplan con la entrega y aprobación de la garantía de cumplimiento mencionada en las Condiciones Generales de Participación a nombre de la  Filarmónica de Bogotá, la autorización (para agrupaciones) o carta de responsabilidad (para personas jurídicas) para la participación de menores de edad en la propuesta (en caso de que aplique) y los demás deberes, requisitos, documentos y trámites solicitados por la  Filarmónica de Bogotá.
    Un segundo y último desembolso, equivalente al 20% del valor de la beca, posterior a la entrega del informe final antes del 30 de marzo de 2025, con sus respectivos soportes y los demás trámites y/o documentos solicitados por la  Filarmónica de Bogotá. 
     
  2. Los desembolsos a los ganadores se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la  Filarmónica de Bogotá. Dichos desembolsos estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la Entidad.
  1. Ser contactado oportunamente con los escenarios que le sean asignados por la  Filarmónica de Bogotá para adelantar las visitas y preparativos técnicos pertinentes para la función.
     
  2. Contará con el apoyo de la  Filarmónica de Bogotá para la difusión de su presentación.

Deberes específicos de las y los ganadores

Además de los contemplados en las “Condiciones Generales de Participación”, los ganadores deben:

  1. Una vez notificado vía correo electrónico el acto administrativo por  medio del cual se acoge la recomendación del jurado, contarás con cinco (5) días hábiles para manifestar de forma expresa si aceptas o no el estímulo y (5) días hábiles adicionales para enviar en los tiempos acordados, la documentación requerida para el desembolso del estímulo. 
     
  2. Asumir todos los requerimientos de producción que conlleve la realización de su propuesta, incluyendo los elementos fungibles que el montaje demande y no estén disponibles en el escenario que la Filarmónica de Bogotá asigne para la función (gelatinas, cintas de linóleo, alquiler de equipos, entre otros).
     
  3. En el caso de proponer un espacio, para la ejecución de su propuesta, debe gestionar los permisos que se requieran.
     
  4. Asumir los costos que se deriven por concepto de derechos de autor y alquiler de partituras. La Filarmónica de Bogotá en ningún caso realizará ningún tipo de aporte económico para este fin.
     
  5. Presentarse en la fecha y horario asignado el cual será informado con anterioridad por  la Filarmónica de Bogotá.  
     
  6. Presentar mínimo dos  funciones de la propuesta con entrada libre.  
     
  7. Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la terna de jurados, así como, las que formule la  Filarmónica de Bogotá .
     
  8. Asistir a las reuniones  que se programen con el Equipo de Estímulos de la  Filarmónica de Bogotá.  
     
  9. Tramitar los permisos y autorizaciones pertinentes para la realización de las actividades en el marco de la ejecución de la beca, en caso de ser requeridos. 
     
  10. Ejecutar la propuesta en su totalidad de acuerdo al proyecto, cronograma y presupuesto establecidos en los documentos técnicos presentados a la convocatoria. 
     
  11. Dar los créditos a la  Filarmónica de Bogotá en todas las piezas de divulgación y materiales formales que se utilicen durante el proceso, especificando el nombre de la beca y usando los logos correspondientes según el manual de uso de la entidad. 
  12. Suscribir los documentos que autorizan la reproducción de la(s) obra(s) y el uso de la(s) misma(s) con fines de divulgación en todas las plataformas, así como los demás que para tales efectos requiera la Filarmónica de Bogotá y las alianzas que para tal fin se suscriban. Diligenciar el formato de derechos de autor que será suministrado por la persona responsable de seguimiento desde la  Filarmónica de Bogotá. 
     
  13. En caso de requerir el cambio de un integrante de una agrupación ganadora, el representante principal debe solicitarlo a través de la plataforma SICON, dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de ganadores, adjuntando una carta de solicitud y los documentos administrativos y la hoja de vida del nuevo integrante. Vencido este plazo, el cambio de integrante sólo podrá solicitarse por causas debidamente justificadas o motivadas, las cuales serán estudiadas, y aprobadas o no, por la entidad que oferta la convocatoria.
     
  14. Debes diligenciar el formato de derechos de autor que te enviará la persona responsable de seguimiento desde la  Filarmónica de Bogotá.
     
  15. Es tu deber hacerte responsable de todas las obligaciones en cuanto a derechos de autor o de propiedad intelectual, industrial o comercial, previo, durante y posterior a la ejecución de la propuesta. Ante cualquier reclamación de terceros, serán los ganadores quienes tomarán la responsabilidad y aportarán los soportes a los que haya lugar, ante las instancias que corresponda.
     
  16. Es tu deber comprometerte a tramitar y obtener las respectivas licencias, autorizaciones o permisos en materia de derechos de autor, conexos y de imagen, para su uso en la propuesta ganadora, si no eres el titular de los derechos correspondientes.

Anexos

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No. Documento Descripción

Formatos

No. Documento Descripción
1 Formato de Propuesta Artística

(archivo Word o PDF)

 
 

Resoluciones

No. Documento Descripción
1 Resolución No 286 del 06 de septiembre de 2024
Por la cual se ordena la apertura y publicación de la Convocatoria "BECA ÓPERA, ZARZUELA Y OPERETA", en el marco del programa Distrital de Estímulos de la Orquesta Filarmónica de Bogotá para la vigencia 2024

Listados

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Avisos modificatorios

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